(1) El límite de tiempo para el ascenso a rangos de oficiales en tiempos de paz: el segundo teniente asciende a teniente, dos años para aquellos que se han graduado de la universidad o superior, y tres años para los demás, el ascenso de capitán a capitán, el ascenso de capitán a mayor, el ascenso de mayor a teniente coronel, el ascenso de teniente coronel a coronel y el ascenso de coronel a coronel superior, cada uno con 4 años de ascenso al ejército; el rango por encima de coronel superior se basa en la posición del oficial, su integridad moral y su contribución a la construcción de la defensa nacional;
(2) El período para el ascenso a los rangos de oficial durante tiempos de guerra puede acortarse y se formularán medidas específicas por la Comisión Militar Central basándose en las condiciones de la guerra.
El tiempo que un oficial dedique a estudiar en colegios y universidades se incluirá en el período de promoción al rango militar.
Los rangos de oficiales generalmente deben ascenderse gradualmente dentro de un período específico.
Los oficiales que tengan un desempeño destacado en combate o trabajo pueden ser promovidos con antelación.