El endosante es la parte que transfiere la letra y el endosatario es la parte que acepta la letra. Cuando vas al banco a retirar dinero, en realidad transfieres la letra al banco, es decir, usted es el endosante y el banco es el endosatario, el banco le dará la cantidad correspondiente y luego el banco utilizará el cheque para cobrar el dinero del banco de la empresa que emitió el cheque.
1. El endosante es la parte que firma o escribe palabras y número de cédula en el reverso del título para transferir los derechos que el mismo confiere. La responsabilidad del endosante varía según el método de endoso. Las responsabilidades del endosante en la forma de endoso ordinario son: probar que el endoso anterior es verdadero y correcto y soportar los requisitos razonables y legales de los futuros tenedores de pagarés; El endosante cambia con frecuencia, porque en el mercado financiero internacional una letra solo puede transferirse después de haber sido endosada. La letra se transfiere constantemente del endosante al siguiente endosatario mediante endoso. Por lo tanto, los endosantes cambian con la transferencia y circulación del instrumento.
El objetivo principal de la transmisión de una letra de cambio mediante endoso es establecer una relación de derechos y obligaciones entre el transmitente y el cesionario. Una vez que el endosante como transmitente firma una letra de cambio, asumirá las dos obligaciones siguientes: (1) Deberá garantizar a todas las personas que posteriormente obtengan la letra de cambio, incluido el endosatario, que la letra de cambio será aceptada o pagado. (2) Debe garantizarse la autenticidad de las firmas y la continuidad de los respaldos de todas las firmas anteriores en el proyecto de ley. Endoso continuo significa que en la transferencia de letras, las firmas del endosante de la letra transferida y del endosatario de la letra transferida en la letra están conectadas consecutivamente.
2. Relación con el endosatario
El endosante es el deudor del endosatario, y el endosatario es el acreedor del endosante. El endosatario es el cesionario de la letra y tiene derecho a adquirir todos los derechos del endosante sobre la letra. La ejecución es la siguiente: (1) El endosatario puede solicitar la aceptación y el pago del librado en su propio nombre, o puede transferir la letra a otra persona mediante endoso. (2) Cuando se rechaza una letra de cambio, el endosatario tiene derecho a interponer recurso contra su endosante inmediato y otros endosantes que hayan firmado la letra hasta que el librador sea honrado o pagado.