Reglamento de Chongqing sobre la implementación de la educación obligatoria (1998)

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Este reglamento se formula de acuerdo con la Ley de Educación de la República Popular China, la Ley de Educación Obligatoria de la República Popular China y otras leyes y reglamentos pertinentes, y a la luz de la situación real de esta ciudad. . Artículo 2 La educación obligatoria debe implementar plenamente la política educativa nacional y estar abierta a todos los estudiantes, para que los niños y adolescentes puedan desarrollarse en todos los aspectos moral, intelectual y físico, con el fin de mejorar la calidad nacional, cultivar estudiantes con ideales, moralidad, cultura y disciplina. El nuevo pueblo socialista sentó las bases. Artículo 3 Los niños y adolescentes en edad escolar con residencia permanente en esta ciudad deberán recibir nueve años de educación obligatoria de acuerdo con lo dispuesto en este reglamento. Artículo 4 La educación obligatoria está a cargo principalmente del gobierno, y se alienta a las fuerzas sociales a administrar escuelas en diversas formas de acuerdo con las leyes y regulaciones nacionales. Artículo 5 Las escuelas responsables de la educación obligatoria son: escuela primaria a tiempo completo, escuela secundaria general a tiempo completo, escuela de educación obligatoria de nueve años, escuela primaria simple o escuela secundaria vocacional y técnica (clase o grupo), escuela para ciegos y escuela (clase) para sordomudos , escuelas (clases) para niños con retraso mental, escuelas (clases) de estudio y trabajo, etc. Artículo 6 La tasa de matriculación de niños y adolescentes en edad escolar, la tasa de finalización y la tasa de graduación de la educación primaria y la educación secundaria básica deberán cumplir con los requisitos básicos estipulados por el Estado, y la tasa de deserción escolar de los estudiantes y la tasa de desperdicio literario de la población mayor de 15 años será controlada dentro de las proporciones estipuladas por el Estado. Artículo 7 La educación obligatoria será dirigida por el gobierno popular municipal, organizada e implementada por los gobiernos populares de distrito y condado (ciudad), e implementada por los gobiernos populares de municipio y ciudad.

Los gobiernos populares en todos los niveles deben brindar apoyo para la implementación de la educación obligatoria en áreas remotas afectadas por la pobreza y áreas minoritarias.

Los departamentos administrativos educativos de todos los niveles son específicamente responsables de la organización y gestión de la educación obligatoria.

Los departamentos funcionales pertinentes de los gobiernos populares en todos los niveles serán, de acuerdo con su autoridad administrativa, responsables de proporcionar planificación, financiación, terrenos, materiales, construcción, personal, garantías judiciales y de otro tipo para la implementación de las medidas obligatorias. educación. Artículo 8 Los gobiernos populares de todos los niveles deben establecer un sistema de responsabilidad objetivo para universalizar la educación obligatoria de nueve años y considerar la implementación de la educación obligatoria como una parte importante de la evaluación anual y trimestral del desempeño del gobierno y sus jefes de departamento.

Los gobiernos populares municipales, distritales, de condado (ciudades) deben establecer y mejorar el sistema de supervisión, inspección, evaluación, aceptación y revisión para la implementación de la educación obligatoria.

Los gobiernos populares de todos los niveles informarán cada año al congreso popular del nivel correspondiente o a su comité permanente sobre la implementación de la educación obligatoria. Artículo 9 Los gobiernos populares de todos los niveles recompensarán a las unidades e individuos que hayan realizado contribuciones destacadas en la implementación de la educación obligatoria.

Alentar y defender a empresas e instituciones, compatriotas de la Región Administrativa Especial de Hong Kong, Macao, provincia de Taiwán, chinos de ultramar, grupos sociales e individuos a donar para la educación, y elogiar y recompensar a quienes hayan realizado contribuciones destacadas. . Capítulo 2 Escuelas Artículo 10 Al formular planes para popularizar la educación obligatoria de nueve años, los gobiernos populares de todos los niveles deberán organizar razonablemente escuelas que implementen la educación obligatoria.

La creación de escuelas primarias debería favorecer la matriculación de niños y adolescentes en edad escolar en las proximidades. La distancia de ida para que los niños de secundaria y secundaria vayan a la escuela es de 2,5 kilómetros, y la distancia de ida para los niños de secundaria es de 5 kilómetros. Si no se puede establecer una escuela primaria de conformidad con las disposiciones anteriores, debe ser aprobada por el departamento administrativo de educación a nivel del condado. El entorno de las escuelas secundarias debería estar relativamente concentrado según la distribución de la población y las condiciones geográficas. Se pueden establecer internados en zonas montañosas remotas y escasamente pobladas. El departamento de administración de educación municipal, en colaboración con los departamentos de asuntos civiles y de seguridad pública, planifica escuelas para niños ciegos y escuelas de trabajo y estudio, y coordina el establecimiento de escuelas (clases) para sordos y escuelas auxiliares (clases) para niños con retraso mental; por el distrito y el condado (ciudad). Artículo 11 Los gobiernos populares de todos los niveles garantizarán que las escuelas, los edificios escolares, los equipos de enseñanza y las instalaciones para la educación obligatoria universal de nueve años cumplan con las normas nacionales y municipales sobre las condiciones para el funcionamiento de las escuelas de educación obligatoria. Artículo 12 La apertura, cierre, cambio, fusión y transferencia de las propiedades escolares de una escuela serán revisadas por el departamento administrativo de educación del distrito, condado (ciudad) y los departamentos pertinentes, y se informará al gobierno popular al mismo nivel o superior. nivel para su aprobación de acuerdo con la autoridad administrativa, y reportado al archivo del departamento administrativo de educación municipal.

Las escuelas deben fortalecer la gestión de los edificios escolares, edificios, equipos e instalaciones escolares, y no los alquilarán, transferirán ni utilizarán para otros fines sin autorización.

Ninguna unidad o individuo podrá ocupar o destruir edificios escolares, edificios, equipos e instalaciones escolares. Artículo 13 En la preparación de planes de construcción urbana y rural, renovación de la antigua ciudad y desarrollo de nuevos distritos, se deben hacer planes para construir, reconstruir, ampliar y reubicar escuelas con instalaciones de educación obligatoria adecuadas para la población permanente. Es necesario obtener el consentimiento del departamento administrativo de educación local, seguir los estándares nacionales de construcción de escuelas primarias y secundarias, sincronizar la planificación, la construcción simultánea, el diseño razonable y construir primero y luego demoler. En la construcción original, después de organizar las salas de transición para que los estudiantes estudien, se pueden demoler primero y luego construir nuevamente después de la aprobación. Las medidas específicas serán formuladas por el Gobierno Popular Municipal.

Artículo 14 Si es necesario demoler escuelas primarias y secundarias debido al desarrollo urbano y rural, el demoledor, dentro del plazo prescrito, construirá o ampliará la escuela de acuerdo con el plan y el principio de no ser más pequeña que la escuela original. La escuela recién construida o ampliada deberá cumplir con las especificaciones de diseño arquitectónico nacionales para los requisitos de las escuelas primarias y secundarias. Si no es necesario construir o ampliar escuelas en esta área con la aprobación del departamento de administración educativa y del departamento de planificación, el demoledor deberá proporcionar una compensación de acuerdo con las regulaciones pertinentes para la construcción de escuelas primarias y secundarias; Artículo 15 Ninguna unidad o individuo puede interferir con el orden normal de enseñanza de la escuela, construir fábricas, sitios e instalaciones que contaminen el medio ambiente dentro o cerca de la escuela, instalar puestos en el campus o en la puerta de la escuela, o instalar puestos cerca la escuela. Billar, máquinas de juegos electrónicos y otras instalaciones de entretenimiento.

r">